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Incapacidad Permanente por Accidente de Trabajo

incapacidad permanente por accidente laboral o de trabajo

Si sufres de una invalidez por hecho causante de un accidente de trabajo, puedes optar a una prestación que puede ser desde una indemnización a una retribución mensual. En este artículo podrás encontrar toda la información que necesitas para solicitar la incapacidad permanente por accidente laboral, tales como los requisitos, base reguladora, responsabilidad por parte de la empresa y algunos aspectos de cara a tu jubilación. Sigue leyendo y entérate de todo.

¿Qué es una Incapacidad Permanente por Accidente de Trabajo?

Índice de Contenido

Se entiende como accidente de trabajo a todo aquel incidente durante tu actividad laboral en una empresa que ha ocasionado daños hacia tu persona y que te impiden realizar las tareas fundamentales de tu trabajo.

Tampoco debes olvidar que un accidente de trabajo también se contempla durante el trayecto desde tu casa al trabajo y a la vuelta, además también se tendrá en cuenta si el hecho causante de dicha incapacidad se produce en algún otro lugar en el que estás trabajando por orden de tu empresa.

Por ejemplo: Trabajas para una empresa de construcción y eres el encargado de supervisar las obras y de repente allí en la zona de trabajo te cae un bloque de cemento en una pierna, impidiéndote seguir trabajando. Esto sería un claro ejemplo de accidente laboral y por el cual se puede solicitar una incapacidad por accidente laboral que será temporal o permanente según los daños provocados a dicho trabajador.

¿Quién paga la Incapacidad Permanente por Accidente de Trabajo?

La pensión o indemnización por un accidente de trabajo, las asumirá la Mutua de la empresa en la que estabas contratado, también tendrás algunas ventajas de cotización que por ejemplo con la incapacidad permanente por enfermedad común no tendrías.

Requisitos para Acceder a la Incapacidad Permanente por Accidente Laboral

Según las normas reguladoras de la Seguridad Social, al igual que en otros tipos de incapacidad, se requieren de algunos criterios para que el trabajador pueda ser beneficiario de dicha prestación y concretamente, lo puedes comprobar en el artículo 195 de la Ley General de la Seguridad Social.

Todo trabajador que forme parte del Régimen General tendrá derecho a la incapacidad permanente que justifiquen su invalidez y además cumplan con la condición exigida en el segundo y tercer apartado del artículo 165.1, la cual representa un período mínimo de cotización, con la excepción de que esta se deba a un accidente laboral o no laboral u enfermedad profesional, en el cual no se requerirá ningún período de cotización.

También como en otros casos deberás estar dado de alta en la seguridad social o en un estado de alta asimilada que puedes conseguir por baja médica o por el cobro del desempleo.

No obstante, si el trabajador ya sea por elusión o error de la empresa no está dado de alta como empleado, esta condición se contemplará como cumplida.

¿Cuánto se cobra por Incapacidad por Accidente Laboral? Bases Reguladoras

Si solicitas una incapacidad permanente por accidente laboral, la cuantía que percibirás por dicha prestación dependerá de la base reguladora y el grado de incapacidad que se trate en tu caso, por lo que a la ley respecta pueden contemplarse dos diferentes bases de cotización:

Base reguladora de la Incapacidad Permanente Parcial

Si tratamos una incapacidad parcial, la base reguladora desde la que se obtendrá la cuantía a percibir por el beneficiario de la misma se calculará de la misma manera que la incapacidad temporal.

Base reguladora de Incapacidad Permanente Total o Absoluta

Si el hecho causante de la invalidez es derivada de un accidente laboral y se contempla la incapacidad permanente total o absoluta, en ambos casos se calculará con la división entre 12 del resultado del sumatorio de los siguientes criterios que te detallamos a continuación:

  • El salario y el período de actividad laboral (antigüedad) acumulada hasta el día del hecho causante de la incapacidad multiplicados por 365 días.
  • El resultado de la multiplicación de pagas extra, beneficios y participaciones con su importe total del año anterior al que tuvo lugar el mencionado accidente laboral.
  • La cantidad resultante de la división de los pluses, complementos salariales y horas extra que tuvieron lugar en el año anterior al hecho causante de la incapacidad entre la cantidad de días trabajados en dicho período, que será multiplicado posteriormente por 273. (Si el número de días trabajados es menor a 273, se contemplará el resultado de dicha cantidad de días)

Responsabilidad asumible de la empresa en caso de accidente laboral

La empresa en la que trabajas solo se hará responsable de tu incapacidad si se da alguno de los diferentes casos que te indicamos a continuación:

  1. El accidente de trabajo se ha producido por una negligencia por parte de la empresa.
  2. No se han tenido en cuenta todas las medidas de seguridad que garantizan tu integridad durante la actividad laboral.
  3. El empresario no efectuó tu alta de forma correcta en la Seguridad Social.

Si se da alguna de estas situaciones o incluso son varias de ellas, puedes reclamar a la empresa un recargo de prestaciones a la empresa y estarás en todo tu derecho a hacerlo.

Si acabas obteniendo el recargo de prestaciones por parte de la empresa, la cuantía se incrementará entre un 30% y un 50% y puedes llevarlo más allá y exigir responsabilidades por daños y perjuicios, acudiendo tanto a la vía civil o la penal, la que tu asesor legal te recomiende.

Incapacidad Permanente por Accidente Laboral en Edad de Jubilación

Si ya estás en edad de jubilación ordinaria, es decir, eres mayor de 65 años y estás cobrando la incapacidad por accidente laboral, deberás elegir entre una pensión y la otra.

En el caso de que escojas seguir con la invalidez que ya estás recibiendo porque es más beneficiosa, cambiará simplemente el concepto, en vez de incapacidad en tus ingresos bancarios podrás ver «Jubilación».

Por el contrario, si optas por la jubilación, cambiará tanto la denominación (jubilación ordinaria) como la cuantía que percibes mensualmente.

NOTA: Si estás cobrando la pensión de jubilación y te planteas solicitar la prestación por incapacidad permanente por accidente laboral y además tuvo lugar antes del 22 de marzo de 2006, solo podrás optar por la incapacidad parcial. En otro caso, si el hecho causante de la incapacidad tuvo lugar posteriormente a esa fecha, podrás pedirla de cualquier grado.

Preguntas Frecuentes

Algunos usuarios que han tenido una incapacidad por accidente de trabajo se han planteado las diferentes preguntas y nosotros las respondemos a continuación, quizá te pueda ayudar:

¿Cuánto se cobra por incapacidad permanente por accidente de trabajo?

La cuantía de incapacidad permanente derivada de un accidente de trabajo será de un 55% de la base reguladora y dependerá de cada caso, también debes saber que si eres mayor de 55 años puede incrementarse al 75%.

¿Cuál es la pensión máxima por accidente laboral?

La cantidad máxima a retribuir a los beneficiarios de una incapacidad laboral o por accidente de trabajo es de 37.231,74€ al año, que se ingresa mensualmente en la cuenta bancaria del trabajador lo que serían 2.659.41€ al mes.

¿Cuánto tiempo tardan en pagar una incapacidad por riesgo de trabajo?

La retribución de la prestación por una incapacidad derivada de un accidente de trabajo se abona en cuanto esta ha sido concedida al trabajador interesado en dicha prestación.

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