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Incapacidad Permanente Total Cualificada

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Si ya estás percibiendo una incapacidad permanente total y eres mayor de 55 años, es posible que no sepas que puedes cobrar un poco más en la cuantía de tu pensión pero, la pregunta es ¿Quieres cobrar y seguir trabajando o quieres dejar de trabajar? De tu situación laboral dependerá el incremento de tu pensión pudiendo pasar del 55% al 75% con una incapacidad permanente cualificada.

Este tipo de prestación se concede a los trabajadores mayores de 55 años y que no están desarrollando ninguna actividad laboral, por el hecho de que a cuanto mayor es la edad, más dificultades puedes tener a la hora de encontrar un puesto de trabajo que sea compatible con tu incapacidad permanente total y por ello es que existe la total cualificada.

Más Información sobre la Pensión de Incapacidad Permanente Total Cualificada

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Si quieres seguir trabajando, siempre y cuando la actividad laboral a desarrollar sea compatible con tu incapacidad, puedes permanecer con la prestación de incapacidad total pero, si quieres un incremento de tu pensión del 20% que te ofrece la incapacidad permanente total cualificada, deberás olvidarte de trabajar.

¿Te interesa solicitar la incapacidad permanente total cualificada? Pues has de saber que puedes hacerlo tanto si ya estás percibiendo la prestación de invalidez total como si es la primera vez que solicitas la incapacidad total, siempre y cuando seas mayor de 55 años y no hayas alcanzado la edad de jubilación ordinaria, es decir, los 65 años.

Requisitos para solicitar la Incapacidad Permanente Total Cualificada

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Como ya te podrás imaginar, para solicitar y percibir la prestación por incapacidad total cualificada, tendrás que cumplir unos requisitos entre los cuales están, ser mayor de 55 años y no estar trabajando pero, también es necesario que se acredite dificultades para encontrar un empleo compatible con tu incapacidad, siempre y cuando se de esta situación, no tendrás problemas para solicitar la incapacidad permanente cualificada.

No se requiere nada más para solicitar esta prestación pero, si vuelves a compatibilizar la pensión con una actividad laboral antes de jubilarte, volverás a cobrar el 55% de la incapacidad permanente total, es decir, si te conceden la incapacidad total cualificada y encuentras trabajo, te retirarán esta última para que vuelvas a la invalidez total.

No olvides que este trabajo debe ser compatible con la incapacidad, lo que quiere decir, que dicha actividad laboral no agrave tu enfermedad o lesión.

Invalidez Permanente Total Cualificada para autónomos

Algunos trabajadores autónomos también se han llegado a preguntar si ellos pueden ser beneficiarios de la incapacidad permanente total cualificada y la respuesta es que sí, siempre que sean mayores de 55 años y el reconocimiento de dicha incapacidad haya tenido lugar después del 1 de Enero de 2003.

Por ejemplo, si percibías una incapacidad permanente total y solicitaste la incapacidad antes del 1 de Enero de 2003, no podrás ser beneficiado por esta prestación.

Preguntas Frecuentes acerca de la Invalidez Total Cualificada

A continuación encontrarás algunas de las preguntas que se hacen los usuarios en Google y nuestra respuesta a cada una de las cuestiones, deberías echarles un vistazo, quizá te pueda ayudar para tu caso.

¿Qué pasa cuando te dan la incapacidad total?

Si hablamos de la incapacidad permanente total, puedes percibir la prestación y seguir trabajando en una actividad laboral que sea compatible con tu incapacidad, o lo que es lo mismo que no empeore tu estado de salud.

¿Qué es la incapacidad cualificada?

La incapacidad total cualificada es una prestación que pueden percibir aquellos trabajadores mayores de 55 años que ya perciban la incapacidad total (o que vayan a solicitar por primera vez dicha incapacidad) y que no estén en situación laboral.

¿Qué grado de discapacidad tiene una incapacidad permanente total?

Automáticamente cuando se le concede la incapacidad total a un trabajador, se le reconoce el 33% de grado discapacidad.

¿Cuánto se cobra por una incapacidad permanente total cualificada?

Si ya estás percibiendo la incapacidad total, podrás cobrar un aumento del 20% de dicha pensión lo que sería un 75% de la base reguladora.

¿Cómo se pasa de incapacidad permanente total a jubilación?

Para pasar de una incapacidad permanente total a la jubilación se ha de haber cumplido la edad ordinaria de jubilación, es decir, los 65 años de edad que es la que estipula la normativa general.

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