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Incapacidad Permanente por Enfermedad Profesional

incapacidad permanente por enfermedad profesional

Una enfermedad profesional puede derivar a una invalidez permanente, ya que es una de las enfermedades contempladas en la normativa general del INSS y es por ello que hemos redactado este artículo para ofrecerte toda la información al respecto, tales como la definición de una enfermedad profesional, cuantías y mucho más. Sigue leyendo y entérate de todo.

¿Qué es una Enfermedad Profesional?

Índice de Contenido

Se considera enfermedad profesional a aquella afección que afecta al trabajador en sus tareas laborales y no laborales y que se desarrolla en el entorno laboral pero, siempre y cuando esta no sea congénita o por herencia familiar, entre otras muchas otras enfermedades.

Puedes encontrar más información en el Real Decreto 1299/2006.

Tipos de Enfermedad Profesional contempladas en la Seguridad Social

A ojos de la ley, las enfermedades profesionales se dividen en 6 grupos, es importante que lo sepas porque esto puede derivar en una prestación más o menos beneficiosa:

  • Grupo 1: Aquellas enfermedades derivadas de la exposición a agentes químicos.
  • Grupo 2: Enfermedades causadas por agentes físicos.
  • Grupo 3: Afecciones causadas por agentes biológicos.
  • Grupo 4: Afecciones por inhalación de sustancias u agentes o contemplados en otros apartados.
  • Grupo 5: Enfermedades cutáneas derivadas de la exposición a sustancias y agentes no contemplados en otros apartados.
  • Grupo 6: Enfermedades provocadas por agentes carcinogénicos.

Estos son los grupos en los que las diferentes enfermedades profesionales pueden encajar según su causa. A continuación vamos a mostrarte un ejemplo de enfermedad profesional por cada uno de los tipos.

Ejemplo de enfermedad profesional de Grupo 1

Si por ejemplo eres un trabajador de la construcción y estás expuesto al plomo y padeces disfunción renal y se demuestra que esta ha sido causada por dicha actividad laboral. Podrías optar a una incapacidad permanente por enfermedad profesional del Grupo 1.

Ejemplo de enfermedad profesional de Grupo 2

Si llevas toda la vida trabajando en un puesto como camarero/a de una discoteca, puedes haber desarrollado una enfermedad profesional por el ruido, estas podrían ser depresión, pérdida auditiva, problemas cardiovasculares, alteración del sistema nervioso, entre otras dolencias y podrías optar a una incapacidad permanente por enfermedad profesional de Grupo 2.

Ejemplo de enfermedad profesional de Grupo 3

Si eres veterinario/a y te contagias de una enfermedad como la Zoonosis, que se transmiten de animales a humanos a través de la orina, saliva o algún otro fluido corporal que te provoque una invalidez como para trabajar en tus plenas facultades, podrías solicitar la incapacidad permanente por enfermedad profesional de Grupo 3.

Ejemplo de enfermedad profesional de Grupo 4

Si te dedicas a la limpieza como actividad laboral habitual y desarrollas una enfermedad como asma y esta se va agravando con el tiempo, puedes solicitar la incapacidad permanente por enfermedad profesional de Grupo 4.

Ejemplo de enfermedad profesional de Grupo 5

Si trabajas en el sector de la peluquería, trabajos de aislamiento y revestimiento y desarrollas Dermatitis durante tu actividad laboral, puedes solicitar la incapacidad permanente por enfermedad profesional de Grupo 5.

Ejemplo de enfermedad profesional de Grupo 6

Si en tu actividad laboral desarrollas un cáncer causado por el contacto constante con el Benceno o el Amianto u otros agentes carcinógenos, podrías ser beneficiario de una incapacidad permanente de Grupo 6.

¿Qué sucede si padezco una enfermedad común que se agrava?

Si ya padecías una enfermedad común y posteriormente se agrava debido a la actividad laboral que realizas, no se convertiría en una enfermedad profesional por el simple hecho de que se padecía desde antes del inicio de la actividad laboral aunque se haya agravado.

¿Cuál es la cuantía que se cobra por una incapacidad por enfermedad profesional?

Todo aquel trabajador que solicita la incapacidad permanente por enfermedad profesional y está es concedida, puede beneficiarse de una cuantía que oscila entre el 75% y el 100% de la base reguladora desde el siguiente día de darse baja y también se ha de tener en cuenta el grado de incapacidad del trabajador.

Cotización y Pago de la Incapacidad Permanente por Enfermedad Profesional

No se exige ningún requisito mínimo de cotización al trabajador si este opta a conseguir la prestación por incapacidad permanente por enfermedad profesional, al igual que si dicha enfermedad fuese causada por un accidente laboral.

En el caso de que tratásemos una enfermedad común o por accidente no laboral, si se exigiría un período mínimo de cotización al trabajador.

En lo que respecta al pagador de la pensión por enfermedad laboral, el cargo corresponderá a la mutua, en vez del INSS que si se encargará de las pertinentes revisiones y el proceso de la incapacidad.

Algo que no debes olvidar es que si esta enfermedad profesional podría haberse evitado, es decir, ha sido causada por una negligencia por parte de la empresa en la que trabajas, se les puede exigir una responsabilidad con lo que se conoce recargo de prestaciones, que puede sumar entre un 30% y un 50% de la pensión a percibir por el beneficiario.

Preguntas Frecuentes

Algunos usuarios se planteaban algunas cuestiones sobre la incapacidad permanente por enfermedad profesional y nosotros las hemos resuelto, puede interesarte conocerlas.

¿Cómo se calcula la pensión por enfermedad profesional?

Si padeces una enfermedad profesional o has sufrido un accidente de trabajo, se sumará la base de cotización por contingencias profesionales del último mes, sin horas extra y se dividirá por el número de días correspondiente a dicha cotización.

¿Qué diferencia hay entre una enfermedad común y una enfermedad profesional?

La enfermedad común no se desarrolla en el entorno laboral y nunca podrá convertirse en una enfermedad profesional, además de que se le exige al trabajador un período mínimo de cotización, lo contrario a una enfermedad profesional.

¿Cuántos años hay que tener cotizados para cobrar por enfermedad profesional?

Si padeces una enfermedad profesional, no se te exigirá ningún período mínimo de cotización, en cambio si esta enfermedad fuese considerada común, si que se exigiría.

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