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Incapacidad Permanente Por Migraña

incapacidad permanente por migraña

La migraña se ha convertido en una dolencia muy común entre la población de España y otros países del mundo y aunque hay casos en los que pueden darse síntomas aislados, hay otros muchos que se complican hasta tal punto de inhabilitar a la persona afectada para desempeñar sus actividades laborales e incluso sus actividades esenciales cotidianas y es por ello que esta enfermedad es susceptible de la prestación por incapacidad permanente.

La Seguridad Social concederá esta prestación económica a aquellas personas que presenten graves crisis de migraña y cuyo informe médico acredite detalladamente las limitaciones que en cada caso puedan afectar a estas en su vida diaria. También has de saber que se requiere que si padeces migraña hayas estado sometido a tratamiento un período mínimo de 6 meses y finalmente la enfermedad no mejora ni remite.

En este artículo vas a encontrar los tipos de prestación a los que puedes acceder si sufres de migraña y el grado de discapacidad que se te puede reconocer según la gravedad de esta y por si todo esto fuese poco, hay personas que nos han dejado sus preguntas e inquietudes acerca del tema en el buscador de Google y nosotros las hemos respondido, te invitamos a que sigas leyendo y que no pierdas detalle.

Migraña y Tipos de Incapacidad

Índice de Contenido

Por norma general, si sufres de migraña puedes llegar a acceder a dos tipos de incapacidad permanente que son la total y la absoluta pero, en cada caso se han de cumplir unos requisitos mínimos para la concesión de la prestación que corresponda en cada caso y te lo explicamos a continuación:

  • Incapacidad Permanente Total: Toda aquella persona que aunque no tenga episodios diarios de migraña pero, que cuando ocurren ocasionalmente, la dolencia y el resto de síntomas le incapacitan para desempeñar sus actividades laborales habituales, pueden acceder a esta prestación, siempre y cuando el médico lo acredite en su informe con lujo de detalles en lo referente al estado de salud del paciente.
  • Incapacidad Permanente Absoluta: Esta prestación se concederá a aquellas personas que sufren crisis de migraña más severas y recurrentes, siempre y cuando el médico informe correctamente de ello en la documentación y deje constancia de que el paciente está incapacitado para desempeñar su profesión habitual o cualquier otra, debido al dolor y al agotamiento que la migraña le ocasiona.
incapacidad permanente migraña

Grados de Discapacidad: Migraña

A la hora de determinar el grado de discapacidad de una persona que padece migraña, esta patología concretamente no se encuentra en el Real Decreto 1971/1999. No obstante, se puede evaluar teniendo en cuenta los criterios generales del Capítulo 1 Anexo A de este mismo Real Decreto.

De forma que a quien padezca una enfermedad o afección que le limite para desempeñar su profesión habitual o en su defecto, sus actividades esenciales como alimentarse, asearse o vestirse, serán sujetos a evaluación del grado de discapacidad.

Según dicta este Real Decreto, se pueden reconocer 4 tipos de discapacidad que pueden ser leve, moderada, grave o muy grave y cuyo porcentaje del grado de discapacidad puede oscilar entre el 0% y el 75% en los casos más extremos, en los que se entiende que la persona afectada e interesada en la prestación por incapacidad, necesita de la asistencia de terceras personas para sobrellevar su vida.

Preguntas Frecuentes

Algunos usuarios han dejado sus preguntas en el buscador de Google y nosotros que tenemos el objetivo de brindar la mejor información a nuestros usuarios, hemos respondido a todas sus preguntas referentes a la migraña y la incapacidad permanente, echa un vistazo, siempre puede serte de ayuda en tu caso.

¿Qué tipo de discapacidad es la migraña?

La migraña no se refleja como un tipo de discapacidad en el Real Decreto 1971/1999 pero, se evalúa con los criterios generales del Capítulo 1 Anexo A del dicho Real Decreto y puede ser leve, moderada, severa o muy severa. (desde un 0% hasta un 75%)

¿Cómo conseguir discapacidad por migraña?

Para conseguir la discapacidad por migraña se debe haber diagnosticado dicha enfermedad y haberse sometido a tratamiento durante al menos 6 meses, estar dado de alta en la seguridad social o en alta asimilable y tener una base de cotización que dependerá de la incapacidad que quieras solicitar.

¿Cuánto tiempo puedo estar de baja por migraña?

Si sufres de migraña y piensas darte de baja, normalmente si es leve y esporádica, el plazo es de 7 días, mientras que si es crónica podría prolongarse hasta los 16 días.

¿Qué pruebas son necesarias para saber si se tienen migrañas?

Para detectar una migraña, normalmente se somete al paciente a una resonancia magnética para monitorizar la actividad cerebral y verificar que existe esa migraña y su gravedad.

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