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Incapacidad Permanente Por Ictus

incapacidad permanente por ictus

¿Has sufrido un Ictus? Un ictus es un accidente cardiovascular que se produce en el cerebro y que puede dejar secuelas muy graves a la persona afectada por este, es por ello que es susceptible de la prestación por incapacidad permanente.

Has de saber que para que se produzca la concesión de la prestación de incapacidad permanente por ictus, se debe acreditar en un informe médico en este caso realizado por un especialista en neurología, los detalles de tu caso clínico, detallando además las limitaciones que puedas tener a la hora de desempeñar una actividad laboral o incluso los actos esenciales de la vida como asearse, vestirse o alimentarse.

En este artículo vas a descubrir los tipos de incapacidad permanente a los que puedes acceder si has sufrido un ictus e información sobre el grado de incapacidad que te puede ser reconocido por dicha afección. Sigue leyendo.

Ictus y Tipos de Incapacidad Permanente

Índice de Contenido

Aquellas personas que han sufrido un ictus o lo que es lo mismo un infarto cerebral, pueden optar a diferentes prestaciones por incapacidad permanente pero, en cada una de ellas se exigen unos requisitos mínimos para que según cada caso se conceda una u otra.

Incapacidad Permanente Parcial

Aunque no es lo habitual, las personas que sufren un ictus que deriva en secuelas poco significativas que limiten brevemente su movilidad o su capacidad para hablar pueden solicitar la incapacidad permanente parcial.

La ventaja que tienen los beneficiarios de esta prestación, es que pueden trabajar siempre y cuando la actividad laboral sea compatible con la prestación percibida y además cobrar su pensión.

Incapacidad Permanente Total

Siendo más habitual este tipo de incapacidad en personas que han sufrido un ictus, has de saber que para que te concedan la incapacidad permanente total, el médico especialista que evalúe tu caso, debe acreditar que sufres limitaciones para desempeñar tu profesión habitual siempre y cuando esta requiera de esfuerzo o riesgo, además de aquellas actividades que exigen más capacidad intelectual, si es que sufres un déficit cognitivo.

En cuyo caso de que te concedan esta prestación, no podrás ejercer tu profesión habitual y percibir la pensión, se cancelaría.

Incapacidad Permanente Absoluta

Podrás ser beneficiario de la invalidez permanente absoluta por ictus en el caso de que padezcas una parálisis que deriva en la claudicación a cortas distancias o en su defecto, si tu médico evalúa y acredita que sufres crisis de vértigo o migrañas recurrentemente y en última instancia, si el déficit cognitivo es de carácter moderado o grave.

En el caso de que te concedan esta prestación, no podrás ejercer ni tu profesión habitual ni ninguna otra.

Complemento de Gran Invalidez

Solo podrás obtener el complemento de Gran Invalidez por ictus, cuando las secuelas deriven en una parálisis muy grave en la que necesites una silla de ruedas para desplazarte de un sitio a otro o en su defecto un déficit cognitivo severo o muy grave.

Cuando eres beneficiario de una prestación como la gran invalidez, se entiende que necesitas asistencia por parte de terceras personas que te ayuden a sobrellevar tu vida diaria.

invalidez permanente por ictus

Grados de Discapacidad: Ictus

Para determinar el grado de discapacidad de una persona afectada por un ictus, el neurólogo en este caso como médico especialista, deberá regirse por los criterios reflejados en los capítulos 3 y 14 del Real Decreto 1971/1999 que hacen referencia al Sistema Nervioso y al Lenguaje.

Preguntas Frecuentes

Algunos usuarios se han preguntado diferentes cuestiones sobre los ictus y la incapacidad permanente y nosotros hemos recabado las preguntas más interesantes y las hemos respondido a continuación:

¿Qué grado de minusvalía tiene un ictus?

El grado de minusvalía o discapacidad de una persona afectada por un ictus, dependerá de la gravedad del mismo y las secuelas que haya dejado en esta y dicho grado puede ser de entre el 33% y hasta más del 65% en los casos más graves.

¿Cuánto tiempo de baja por ictus?

Comúnmente, las personas que sufren un ictus, suelen recuperarse en un período comprendido entre 3 y 6 meses, siendo este de carácter leve pero, en los casos más graves puede prolongarse bastante más tiempo.

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