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Incapacidad Permanente por Ansiedad

incapacidad permanente por ansiedad

La ansiedad es una enfermedad mental que por desgracia es muy frecuente en mayor o menor medida, de hecho se puede complicar hasta tal punto de que la persona afectada queda incapacitada para trabajar e incluso realizar sus actividades cotidianas necesitando la ayuda de otras personas.

Lo bueno es que la ansiedad es susceptible de percibir la prestación por incapacidad permanente, siempre y cuando el médico encargado de realizar la evaluación de tu enfermedad acredite que esta presenta limitaciones de tus capacidades funcionales y que el tribunal médico así lo considere.

En este artículo vas a descubrir los diferentes tipos de incapacidad permanente a los que puedes acceder por ansiedad, el grado de discapacidad que te pueden reconocer y las respuestas a las preguntas frecuentes que muchos usuarios se hacen. Lee hasta el final.

Ansiedad y Tipos de Incapacidad

Índice de Contenido

Si tienes un cuadro de ansiedad considerada de carácter moderada o grave, tienes diferentes opciones para solicitar la incapacidad permanente y te las explicamos a continuación con sus detalles y requisitos.

Incapacidad Permanente Total

Se suele conceder la prestación por incapacidad permanente total a aquellas personas que sufren ansiedad que desempeñan profesiones con riesgo para terceras personas, como por ejemplo un agente de policía o un transportista, entre otros muchos ejemplos, siendo además aquellos directivos de empresas otro ejemplo de interés por su gran exigencia mental.

Debemos puntualizar y dejar claro que en cuyo caso de que te concedan esta prestación, no podrás volver a desempeñar tu profesión habitual, al menos mientras percibas la pensión ya que de lo contrario esta quedaría anulada.

Incapacidad Permanente Absoluta

Cuando el paciente en cuestión padece un trastorno de ansiedad crónica y estando sometido a tratamiento no se observa mejoría en su estado de salud (mínimo 6 meses de duración).

En este caso la persona en cuestión puede solicitar la incapacidad permanente absoluta, siempre y cuando el médico especialista que realice la evaluación, acredite que esta no puede desempeñar ni su actividad laboral habitual ni ninguna otra.

Complemento de Gran Invalidez

Aunque que una persona con ansiedad solicite y le sea concedido el complemento de gran invalidez no es lo normal, se puede conseguir si dicho trastorno mental es de tan alta gravedad como para que la persona necesite asistencia y supervisión de terceras personas.

Todo esto deberá acreditarlo tu médico en su informe, acreditando y detallando porque es necesario que se te conceda la prestación por gran invalidez.

Grados de discapacidad: Ansiedad

Según el grado de discapacidad que se le reconozca a una persona que sufre de ansiedad o cualquier otro trastorno mental, existen 5 clases que enumeramos y explicamos a continuación. Para determinar el grado de discapacidad en una persona con ansiedad, el médico encargado de la evaluación se debe regir por los criterios que se encuentran en el Capítulo 16 del Anexo del Real Decreto 1971/1999.

Las 5 clases son:

  • Clase I: Cuando la persona presenta alguno o bien ciertos síntomas con carácter apartado mas no suponen una minoración de su capacidad funcional, su grado de discapacidad por ansiedad es del 0 por ciento.
  • Clase II (Discapacidad leve): Pertenecerá a este nivel aquel perjudicado que tiene capacidad para realizar una vida autónoma. O bien dicha capacidad está solo tenuemente disminuida, conforme a lo esperable para su edad y condición -sin tener en consideración periodos ciertos de crisis o bien descompensación-. También, puede ejercer una actividad laboral normalizada y productiva salvo en etapas en las que aumenta el agobio.
  • Clase III (Discapacidad moderada): Se da si se padece una limitación moderada en la realización de actividades de la vida rutinaria, incluyendo las relaciones sociales. Y una minoración en la capacidad para desempeñar un trabajo retribuido.
    En estas circunstancias, la discapacidad por ansiedad solo deja realizar labores con supervisión en centros ocupacionales, o bien una actividad laboral normalizada en un puesto amoldado (o bien en un centro singular de empleo).
  • Clase IV (Discapacidad grave): Pertenecerán aquí aquellas personas que presentan graves limitaciones y contrariedades en las actividades de la vida rutinaria. Precisa de supervisión intermitente en entornos protegidos, y un control total fuera de ellos.
    La capacidad laboral está gravemente aminorada, presentando deficiencias en la concentración y en la continuidad y el ritmo de ejecución de las labores.
  • Clase V (Discapacidad muy grave): Pertenecen a esta clase de discapacidad, aquellas personas a las que la enfermedad inutiliza por completo, tanto para cuidar de sí misma como para realizar las actividades básicas de la vida rutinaria.
    Para hacerlas, precisa el apoyo de una o bien múltiples personas de forma continuada. No existe, por ende, posibilidad de que ejecute ningún género de trabajo.

Preguntas Frecuentes

Son muchos los usuarios que se preguntan en Google acerca del trastorno de ansiedad y la prestación por incapacidad permanente y con la ayuda de nuestro equipo hemos seleccionado y respondido las más importantes a continuación:

¿Qué grado de discapacidad tiene la ansiedad?

El grado de discapacidad en personas que sufren un trastorno de ansiedad, dependerá de la gravedad de dicho trastorno y las secuelas que esta haya dejado en la persona afectada, el porcentaje del grado de discapacidad puede ser desde el 0% a más del 65% en los casos más graves.

¿Cuánto te dan de baja por ansiedad?

En el apartado económico, depende del tipo de incapacidad que te concedan pudiendo ser el 55% o el 75% de tu base reguladora de cotización.

¿Cuándo la ansiedad es incapacitante?

Hay muchos tipos de trastorno de ansiedad que pueden incapacitar a la persona afectada, por ejemplo uno de los más graves es la agorafobia ya que el enfermo sufre miedo y ansiedad a nivel intenso.

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