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Cómo rellenar la solicitud de incapacidad permanente

como rellenar la solicitud de incapacidad permanente

Sabes que puedes solicitar la incapacidad permanente porque sufres algún tipo de afección o enfermedad que te incapacita para ejercer tu profesión habitual o cualquier otra profesión pero, no sabes como y donde puedes presentar dicha solicitud ¿verdad? Pues sigue leyendo, no pierdas detalle y consigue ya tu prestación de incapacidad permanente.

Guía Paso a Paso para Solicitar la Incapacidad Permanente

Índice de Contenido

Es posible que hayas oído que necesitas de un abogado para solicitar la incapacidad permanente pero, no es del todo así, ya que tú mismo puedes rellenar y presentar la solicitud con el objetivo de cobrar la pensión.

La solicitud se puede presentar a la Seguridad Social (INSS) o en caso de que proceda, la mutua de la empresa en la que trabajas.

Para iniciar a tramitar la solicitud, debes realizar los siguientes pasos que te vamos a enumerar a continuación:

Aportar la documentación requerida

Hay una serie de documentos que tanto el INSS como la mutua exigen para solicitar la prestación por incapacidad permanente y son:

  • El Documento Nacional de Identidad (DNI) por parte del interesado y del representante legal (un abogado si es que lo tienes).
  • Si el interesado es menor de edad emancipado o tiene asignado un tutor legal, deberán reunirse la documentación que acredite la situación del interesado.
  • También se requiere del historial clínico, los recientes informes médicos y los más antiguos (pueden servir para demostrar que la patología que padece el interesado se ha agravado con el tiempo).
  • Si en tu caso has sufrido un aborto de un embarazo con más de 6 meses o en su defecto, el hijo que esperaban fallece en las primeras 24 horas de su vida, se debe acreditar el Certificado del Registro Civil.

¿Y si la solicitas por una enfermedad común o accidente no laboral?

Deberás aportar la misma documentación que normalmente se requiere y en el caso de que seas un trabajador por cuenta propia (autónomo), además deberás aportar con carácter obligatorio el justificante de pago de las cotizaciones que han tenido lugar en el período de tiempo en el que se produce la enfermedad o afección incapacitante.

¿Y si es a causa de un accidente laboral o enfermedad profesional?

En caso de que la solicitud de incapacidad permanente se solicite a causa de un accidente laboral o enfermedad profesional, se deberá tanto los documentos requeridos normalmente y además dos documentos más que son:

  • Un parte administrativo del accidente o la enfermedad profesional y las secuelas que ha dejado dicho accidente o patología en el interesado.
  • Certificado por parte de la empresa en la que has sufrido el accidente laboral o en su defecto en la que has desarrollado tu enfermedad profesional en los que se detallen los salarios reales que la empresa te ha abonado durante el año anterior.

Rellenar el formulario de la solicitud

Como es obvio, se debe cumplimentar el formulario de solicitud que puedes descargar aquí y una vez rellenado, adjuntarlo con el resto de la documentación necesaria.

Debemos puntualizar que es vital, leer de forma pausada el formulario y tratar sobre todo no omitir ningún apartado o requisito, ya que la concesión dependerá de ello entre otros aspectos.

Presentar la solicitud

Para presentar la solicitud, habiendo seguido todos y cada uno de los pasos anteriores, se debe acudir a la oficina más cercana de atención e información de la Seguridad Social (INSS) que te atenderán si pides cita previa que puedes solicitar por teléfono, en oficina o por internet si dispones del certificado digital.

Requisitos para solicitar la incapacidad permanente

Existen diferentes tipos de incapacidad permanente y cada uno de ellos exige unos requisitos mínimos que has de cumplir que básicamente son aquellos que explicamos en todos y cada una de las prestaciones que se ofrecen por una incapacidad permanente y que puedes ver a través del enlace.

Estos requisitos principalmente contemplan la edad de la persona, la base reguladora de cotización, si estás o no dado de alta en la Seguridad Social que pueden variar según el tipo de invalidez que se solicite.

Tenemos que puntualizar que es más recomendable presentar la solicitud de la prestación estando de baja.

¿Qué pasa después de presentar la solicitud?

Cuando ha sido presentada la solicitud y todos los documentos requeridos para la concesión de esta, se empieza la fase de instrucción en la que el INSS podrá solicitarte alguno o algunos de los documentos y pruebas médicas que considere relevante en tu caso.

Por consiguiente, el Tribunal Médico, concretamente el Equipo de Valoración de Incapacidades, dictaminará la propuesta en los datos que arroje el informe médico que realiza la propia dirección provincial de la Seguridad Social, incluida la documentación de la solicitud presentada por el interesado.

Después del dictamen del Tribunal Médico, el INSS procederá a la resolución de si se acaba concediendo la prestación o no, además de que si se concede, este mismo organismo determinará el grado de incapacidad, la cuantía a percibir por la prestación y la fecha de la primera revisión del grado de incapacidad.

¿Cuánto se cobra por Incapacidad Permanente?

La cantidad de la cuantía a percibir por la pensión de incapacidad permanente que se conceda en cada caso, dependerá del tipo de incapacidad, del grado de discapacidad y la base reguladora de cotización de cada persona.

En cualquier caso, hay unas cuantías mínimas estipuladas por la ley que también están sujetas a unos requisitos y variaciones que pueden darse según la edad de la persona o por ejemplo si tiene algún familiar a su cargo, siempre y cuando por supuesto que la persona interesada no supere el límite de ingresos estipulado en la ley.

¿Quién paga la pensión?

Siempre y cuando la solicitud de la incapacidad permanente sea por un accidente laboral o una enfermedad profesional, es decir, que se haya desarrollado por la profesión habitual que realizas, la pensión será abonada por la mutua de la empresa.

En caso de que la causa de la solicitud de la invalidez permanente, sea una enfermedad común o un accidente no laboral, la pensión correrá a cuenta de la Seguridad Social (INSS).

Preguntas Frecuentes

Son muchos los usuarios que han dejado sus preguntas en el buscador de Google acerca de la solicitud de la incapacidad permanente y nuestro equipo ha respondido a todas y cada una de ellas, deberías echarles un vistazo.

¿Qué necesito para solicitar incapacidad permanente?

Principalmente, para solicitar la incapacidad permanente, necesitas cumplir con los requisitos mínimos legales que se exigen en cada uno de los tipos de incapacidad que se pueden conceder al interesado y que variarán en función del tipo de invalidez concedido.

¿Quién puede solicitar la incapacidad permanente?

La prestación por incapacidad permanente puede ser solicitada por el propio interesado en la misma, por parte del propio INSS e incluso la mutua de la empresa en la que el trabajador interesado ha trabajado.

¿Cuánto tardan en dar la incapacidad permanente?

Por normativa general los responsables de la valoración del expediente en cada caso de incapacidad permanente, disponen de 135 días hábiles para emitir la resolución.

¿Cuándo se puede pedir la incapacidad absoluta?

La incapacidad permanente absoluta la puede pedir todo aquel que acredite en un informe médico que padece graves limitaciones de sus capacidades físicas para ejercer su profesión habitual y cualquier otra.

¿Cómo puedo saber el estado de mi expediente de incapacidad permanente?

Desde la propia plataforma web de la Seguridad Social puedes acceder a «Tu seguridad social» y posteriormente hacer clic en el apartado «Tus datos» para terminar clicando en «Gestiones» donde podrás consultar el estado de tu expediente de incapacidad permanente.

¿Cuántas prorrogas te puede dar el INSS?

El INSS puede prorrogar 365 días la prestación y además se puede volver a prorrogar otros 180 días siempre y cuando se presuma de que en este tiempo el paciente estará recuperado y alcanzar el alta médica.

¿Qué hacer si me deniegan la incapacidad permanente?

En caso de que te denieguen la incapacidad permanente, podrías presentar una reclamación previa por la vía judicial y en caso de desestimación de esta reclamación, se puede interponer una demanda judicial para reclamar la prestación ante el juzgado que si además te deniega de nuevo la prestación, puede recurrir la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia o el Supremo.

¿Cómo saber el estado de mi solicitud de pensión?

En la propia sede electrónica de la Seguridad Social podrás consultar el estado de tu pensión, sea esta de tu jubilación o de una incapacidad permanente que hayas solicitado.

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