
Una de las preguntas que más se hacen los usuarios sobre la incapacidad permanente es si pueden cobrar el paro (desempleo) a la vez que la pensión por invalidez y lo cierto es que depende de que tipo de invalidez padezcas, entre otras cosas que debes conocer y que te explicaremos a lo largo de este artículo. Sigue leyendo y toma nota.
Los diferentes tipos de incapacidad y el paro
Índice de Contenido
Existen cuatro tipos de incapacidad y como decíamos, dependiendo de cual tengas, podrás o no cobrar el desempleo junto con la pensión de invalidez:
- Incapacidad permanente parcial
- Incapacidad permanente total
- Incapacidad permanente absoluta
- Complemento de gran invalidez
Incapacidad permanente Total y el Paro
Cuando un trabajador recibe la Incapacidad Permanente Total, significa que ya no puede trabajar en la misma ocupación habitual en la que trabajaba, por lo que es incompatible para trabajar en la misma categoría o grupo profesional en la que trabajaba, pero puede realizar otro tipo de trabajo, ya sea en la misma empresa o en otra.
Una vez que pueden trabajar, pueden inscribirse en el paro y solicitar prestaciones y subsidios, pero sólo los generados por el pago de las cotizaciones en la nueva ocupación, que es diferente de la anterior en la que se generó el PIT.
Ejemplo: una persona que pierde la vista en un ojo y no puede seguir trabajando como conductor de autobús escolar recibe una pensión de incapacidad permanente total. Sin embargo, puede trabajar como operador telefónico en un centro de atención al cliente.
Aunque consiga un incapacidad permanente total, puede solicitar el subsidio de desempleo y obtener la prestación por desempleo que ha ganado con las cotizaciones que ha realizado en su nuevo trabajo como operador telefónico, pero no la prestación por desempleo que ha ganado trabajando como conductor.
La pensión vitalicia concedida por este tipo de invalidez es compatible con el salario que el trabajador pueda percibir por otro empleo, siempre que éste corresponda a una actividad distinta de la que causó la invalidez.
Incapacidad permanente Parcial y el Paro
Si has leído un poco sobre la incapacidad permanente parcial, sabrás que puedes trabajar además de percibir la pensión de invalidez, solo que podrás realizar menos horas de actividad y por ello recibirías una indemnización de un único pago con la ventaja de poder cobrar el desempleo.
Incapacidad permanente Absoluta y Gran Invalidez
En este tipo de discapacidad, el trabajador está totalmente incapacitado para ejercer una profesión u oficio: no puede realizar ningún tipo de trabajo y, además, en el caso de una discapacidad grave, necesita la ayuda de otras personas para realizar las actividades cotidianas (comer, vestirse, lavarse, etc.).
Por ejemplo, un PI absoluto sería el caso de un trabajador que padece una enfermedad psiquiátrica y que tiene brotes intermitentes de agresividad física que no responden al tratamiento farmacológico. Quedaría inhabilitado para cualquier tipo de trabajo porque ninguna empresa lo contrataría.
Sin embargo, a pesar de ello, las personas con ambos tipos de PI pueden realizar algún trabajo (rentable o no) compatible con su condición y con la pensión que reciben.
En el ejemplo anterior, este trabajador podría, por ejemplo, escribir un libro y recibir derechos de autor dándose de alta como autónomo, o podría trabajar bajo ciertas medidas de control en un centro especial de empleo.
Estas situaciones son excepcionales y suponen que no ha habido una mejora de la capacidad real del trabajador. En cualquier caso, deben ser declarados a la seguridad social.
¿Qué ocurre si estoy cobrando el paro y me reconocen una incapacidad permanente?
Cuando un trabajador percibe un subsidio de desempleo y una pensión de invalidez total, absoluta o grave, el subsidio de desempleo se extinguirá. Sin embargo, la ley prevé la posibilidad de elegir entre seguir cobrando el subsidio de desempleo y perder la pensión o cobrar la pensión y que cese el subsidio de desempleo.
Subsidio por la pérdida de Invalidez Permanente
La incapacidad permanente está sujeta a revisión. Puede ocurrir que una persona que percibe una pensión de invalidez (total, absoluta o grave) sea objeto de revisión y, por mejora, pierda dicha pensión al ser declarada inválida total o parcial. En este caso, y en caso de falta de ingresos, se dispone de un subsidio que proporciona ayuda económica mientras la persona busca un nuevo empleo.
¿Puedo cobrar paro con una Incapacidad Temporal?
Supongamos que recibe una prestación por búsqueda de empleo y enfermas o tienes un accidente y necesitas recibir prestaciones por invalidez. En este caso, obtendrás la misma cuantía de la ayuda a los ingresos que recibía de la prestación por búsqueda de empleo y además cotizarás.
No obstante, tenga en cuenta que durante los seis primeros meses de prestación tiene derecho al 70% de la base legal. Después del día 181, sólo el 50%.
La única diferencia, técnicamente hablando, es que durante este periodo no tiene que seguir sellando su solicitud de empleo. Y tu desempleo seguirá agotándose. Sin embargo, cuando finaliza, deja de cotizar y recibe una cantidad diferente: un máximo del 80% del Indicador Público de Ganancias Múltiples (IEM).
Esto significa que el importe que recibirá por la baja por enfermedad será de 451,92 euros al mes. Independientemente de lo que te pagara antes la AEPI. Y esto continuará hasta su alta.