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¿Es compatible la Incapacidad Permanente Total con la RAI?

¿Se puede cobrar la RAI y la Pensión de Incapacidad Permanente Total

Si has llegado hasta aquí es porque estás cobrando la pensión de la RAI (Renta Activa de Inserción) y estás preocupado por si te retiran esta ayuda si te conceden una incapacidad permanente total y la respuesta es que sí, te la retirarán pero, te explicamos por qué en los siguientes apartados. Sigue leyendo y no pierdas detalle.

¿Qué es la RAI (Renta de Inserción Activa)?

Índice de Contenido

La RAI es una ayuda económica gestionada por el SEPE para personas que no tienen derecho a una prestación contributiva por desempleo o subsidio por desempleo. Su cuantía es equivalente al 80% del IPREM vigente en cada momento (462,21 euros al mes en 2022); mientras que su duración máxima es de once meses.

¿Entonces por qué no son compatibles ambas prestaciones económicas?

El SEPE aclara que la RAI no se puede cobrar junto con una pensión de incapacidad permanente debido a las características de esta prestación. La RAI es una pequeña prestación para personas vulnerables económicamente, por lo que no pueden acceder a otras prestaciones más protegidas.

¿Y puedo trabajar cobrando la RAI?

La RAI tiene su propio régimen de compatibilidad e incompatibilidad con el trabajo. Puedes cobrar la prestación de la RAI con un contrato de trabajo de jornada parcial, cuando no se supere el límite de ingresos; y es incompatible con el trabajo por cuenta propia o ajena a tiempo completo.

Con objetivo de fomentar la empleabilidad, puedes optar a una ayuda que se puede pedir cuando empieces una actividad económica por cuenta propia o ajena, y se percibirá durante 180 días. Esta prestación económica es igual al 25% del importe de la RAI, es decir, 106,50 euros al mes.

¿Quién puede solicitar la RAI?

La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda extraordinaria para colectivos con especiales dificultades de integración en el mercado laboral: parados de larga duración mayores de 45 años, discapacitados, víctimas de violencia de género o doméstica e inmigrantes retornados mayores de 45 años

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