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Cómo calcular la pensión por Incapacidad Permanente

como calcular la pension por incapacidad permanente

Lo primero que has de hacer para saber cual será la cuantía que vas a cobrar de tu pensión por incapacidad permanente es el cálculo de la base reguladora que se obtiene a partir de tus bases de cotización, es decir, cuanto más tiempo hayas cotizado, mejor.

Algo que hay que puntualizar es que la pensión de invalidez no está solamente sujeta a las bases de cotización sino que también contempla la edad del interesado, si ha trabajado a tiempo parcial o a tiempo completo, el régimen al que pertenece y los años de desempleo por los que este haya pasado.

También se tiene muy en cuenta en los diferentes tipos de incapacidad la causa por la que se solicita, es decir, no es lo mismo haber sufrido un accidente en el entorno de trabajo que fuera de horario laboral al igual que no tiene el mismo peso una enfermedad que hayas desarrollado por causa de tu profesión que una enfermedad que sea derivada por tu estilo de vida fuera del entorno laboral.

Por último, antes de empezar con las guías de como calcular la pensión en cada caso, puntualizar que existen normas reguladoras y una cuantía mínima y máxima que puede percibir un trabajador al que se le concede la prestación.

Teniendo todo esto claro, sigue leyendo y aprende como calcular la pensión de incapacidad permanente según los grados y causas por las que puedas solicitarla.

Calculadora de Pensión por Incapacidad Permanente

Índice de Contenido

Hemos desarrollado una calculadora para que puedas saber aproximadamente cuanto vas a cobrar por tu incapacidad, dependiendo de si esta es parcial, total y absoluta, aunque no se contempla si padeces una invalidez por enfermedad común, profesional o por accidente de trabajo y para calcular tu edad deberás de estar en el rango de 18 a 65 años.






Cuantía que vas a cobrar por Incapacidad Permanente Parcial es de:
Cuantía que vas a cobrar por Incapacidad Permanente Total es de:
Cuantía que vas a cobrar por Incapacidad Permanente Absoluta es de:


Cómo se calcula la Base Reguladora en la Incapacidad Permanente

Primero de todo, la base reguladora que has de calcular y que te dará la cantidad total a percibir con la prestación, puede variar según el tipo de incapacidad al que se trate de acceder y la causa o contingencia por la que la solicitas.

Para calcular la base reguladora se le tendrá que aplicar el porcentaje que se requiera en cada caso al sumatorio de tus bases de cotización el cual te dará el resultado final, en definitiva, cuanto más hayas cotizado, más beneficiosa será la pensión. Y queremos recalcar que depende mucho de cada caso.

A continuación vas a conocer los diferentes casos que se pueden dar según el grado de incapacidad que estés solicitando.

Cómo calcular la pensión de una Incapacidad Permanente Parcial

La incapacidad permanente parcial, para que sepas brevemente de que se trata, es aquella en la que puedes percibir la pensión pero, seguir trabajando, siempre y cuando la profesión que desempeñes sea compatible con la prestación solicitada y las causas que puedan haber derivado a ello en cada caso.

Para realizar el cálculo se han de seguir los siguientes pasos:

  1. Debes calcular la base reguladora diaria, la cual se consigue dividiendo la base de cotización del último mes antes de solicitar la prestación entre el número de días trabajados, es decir, si la pides en Mayo, se calculará en base al mes de Abril.
  2. Una vez tienes el resultado de la base reguladora diaria, tienes que multiplicar este por 30.
  3. Por último, vuelve a multiplicar la cantidad resultante por 24 meses (2 años).
  4. El resultado obtenido será la cuantía a percibir por la indemnización, ya que en este grado de incapacidad el monto se paga de una sola vez.

Para que lo tengas más claro, veamos un ejemplo:

María es solicitante de la incapacidad permanente parcial y va a presentar dicha solicitud en el mes de Mayo, teniendo en cuenta como se procede con el cálculo de esta pensión, deberá basar este cálculo a la base de cotización percibida en la nómina de Abril.

En este caso, vamos a suponer que su base de cotización son 1.400,50€ en el mes de Abril.

  • Dividirá el monto de la base de cotización entre 30 días: 1.400,50€/30 días cotizados que da un resultado de 46,68€ de Base Reguladora Diaria.
  • Ahora María, deberá usar la base reguladora obtenida para calcular la indemnización por incapacidad parcial que será 46,68 x 30 días x 24 meses cuyo resultado es 33.609,60€.

Fácil ¿verdad? Pues ya sabes como calcular la pensión que vas a cobrar si solicitas la invalidez permanente parcial.

Cómo calcular la pensión de una Incapacidad Permanente Total

Para calcular la pensión por incapacidad permanente total, la cual se le concede a aquellos trabajadores que no pueden desempeñar su profesión habitual, lo primero que debes saber es que en estos casos el beneficiario cobrará el 55% de su base reguladora.

Ya hemos mencionado más arriba que en cada caso, se tienen en cuenta el grado de incapacidad y las contingencias que deriven a su solicitud por lo que para esta prestación se pueden dar diferentes casos de los que vamos a ir hablando a continuación. Mantente atento.

Por contingencias comunes

Una contingencia común puede ser una enfermedad o accidente que no tenga nada que ver con la profesión que desempeñas, eso has de tenerlo claro pero, también se tiene en cuenta la edad y es lo que vamos a desglosar.

El cálculo de la pensión de incapacidad permanente total por contingencias comunes se puede realizar para trabajadores mayores y menores de 52 años, con 65 años o mayores de 65 y los trabajadores a tiempo parcial.

Menores de 52 años:

Si eres menor de 52 años se exige un mínimo de cotización de 8 años y con respecto al cálculo de tu base reguladora, debes saber que siendo la causa una contingencia común se procede de la misma manera que con los mayores de 52 años pero, con dos aspectos añadidos que son:

  1. Que debes dividir el resultado del sumatorio de tus bases de cotización de todos los meses del período necesario, sin tener en cuenta las fracciones de mes, entre la cantidad de mensualidades a los que correspondan dichas bases y luego multiplicar el resultado por 1,1666.
  2. Que no actualices conforme al IPC las bases de cotización de los 24 meses anteriores al mes anterior de la fecha en la que solicitas la prestación, es decir, si seguimos con el ejemplo de María, nos referimos a los 24 meses anteriores al mes de Abril.

Mayores de 52 años pero menores de 65:

  • Cálculo de la base reguladora:
    • Sumar todas las bases de cotización de los 96 meses anteriores al hecho causante y dividir el resultado entre 112, teniendo en cuenta que las bases de cotización de los primeros 72 meses contando hacia atrás se actualizarán conforme a lo que dicte el IPC.
    • Las 24 mensualidades restantes, serán respetadas en lo que a su valor nominal se refiere (no se actualizarán).
    • Una vez teniendo el resultado, se le aplicará el porcentaje que corresponda en función de los años que hayas cotizado y no puede ser menos del 50%.
  • Aplicación del porcentaje según el grado de incapacidad:
    • Cuando obtengas la base reguladora total, tal y como explicamos en el apartado anterior, deberás aplicarle el porcentaje del 55%, pudiendo ser del 75% si hablamos de una invalidez total cualificada.
    • La cuantía resultante será la que cobrarás mes a mes por tu incapacidad total.

Con 65 años o más:

Si eres mayor de 65 años y no tienes acceso a la jubilación contributiva, deberás dividir tus bases de cotización de los últimos 96 meses anteriores al mes anterior en el que solicitas la prestación entre 112.

Trabajadores a tiempo parcial:

Si eres un trabajador con contrato a tiempo parcial, cambian las reglas del juego, ya que para obtener la cuantía de la pensión por incapacidad permanente total deberás regirte por las que se usan para calcular la pensión de jubilación.

Por accidente no laboral:

Si has sufrido un accidente fuera tu entorno de trabajo o mejor dicho, fuera de tu horario laboral que te incapacita para realizar tu actividad laboral y quieres calcular la pensión por incapacidad permanente total, tendrás que seguir los siguientes pasos:

  • Cálculo de la base reguladora:
    • Debes seleccionar dentro del período de los 7 últimos años anteriores a la fecha en que solicitas la prestación, las bases de cotización de 24 meses ininterrumpidos y dividir el resultado entre 28. Si no se han cotizado 24 meses seguidos, se tendrán en cuenta igualmente.
    • Obtenido el resultado del cálculo anterior, deberás volverlo a dividir entre 28.
  • Aplicación del porcentaje según el grado de incapacidad:
    • A la base reguladora obtenida, debes aplicarle el 55%, pudiendo ser incrementado un 20% si hablamos de una invalidez total cualificada.
    • Ya tendrías el resultado de tu pensión de incapacidad permanente total por accidente no laboral.

Por accidente laboral o enfermedad profesional:

En cuyo caso de que vayas a solicitar la prestación por incapacidad permanente total a causa de una enfermedad profesional u accidente laboral, deberás seguir los siguientes pasos para calcular el monto de tu pensión:

  • Cálculo de la base reguladora:
    • Primero de todo, debes multiplicar tu salario real diario y la antigüedad por 365.
    • Si eres trabajador a tiempo parcial o de relevo, la base reguladora diaria se obtendrá dividiendo entre 7 o 30 el sueldo semanal o mensual percibido.
    • Suma la cantidad total de las pagas extraordinarias, complementos salariales, etc.. del año anterior a la causa por la que solicitas la prestación.
    • Divide el resultado anterior por el número de días trabajados de ese mismo año y multiplícalo por 273.
    • Si la cantidad de días trabajados efectivos es menor a 273 se multiplicará por ese número.
    • Cuanto tienes el resultado de todos los cálculos anteriores debes sumarlos todos y dividir el resultado entre 12.
  • Aplicación del porcentaje según el grado de incapacidad:
    • Aplica el 55% a la base reguladora o el 75% si estás solicitando la incapacidad total cualificada.
    • También se le puede añadir un complemento en caso de que proceda del 30 al 50% por parte del empresario, si la causa de tu accidente laboral o enfermedad profesional se debe a una negligencia por parte de este.

Si has seguido todos estos pasos, habrás obtenido la cuantía a percibir mensualmente por incapacidad total por contingencias profesionales.

Cómo calcular la pensión de una Incapacidad Permanente Absoluta

Si vas a calcular la pensión por una incapacidad permanente absoluta, hay dos cosas que debes saber, la primera es que si te conceden esta prestación, la Seguridad Social entiende que no estás capacitado ni para ejercer ningún tipo de profesión y en segundo lugar, la pensión es del 100% de la base reguladora.

Cálculo de la base reguladora por Invalidez Absoluta

Antes de proceder con los diferentes cálculos de la pensión por invalidez absoluta, debes saber que el monto puede variar en función de si la solicitud surge a causa de una contingencia profesional o común, incluso de si has sufrido un accidente no laboral estando y no estando de alta en la Seguridad Social.

Por enfermedad común

  • Primero deberás sumar las bases de cotización de los últimos 96 meses anteriores a la solicitud y dividir el resultado entre 112.
  • A continuación, actualiza las bases de cotización de los 72 primeros meses según las tablas del IPC.
  • Los 24 meses que quedan al margen, no serán actualizados.
  • Cuando tengas el resultado final de todos los anteriores cálculos, deberás aplicar el porcentaje correspondiente por el número de años que has cotizado, el porcentaje como mínimo puede ser del 50%.

Por accidente laboral o enfermedad profesional

  • En primer lugar deberás multiplicar tu sueldo real diario y la antigüedad por 365.
  • Si trabajas bajo contrato parcial o de interinidad, debes dividir entre 7 o 30 el sueldo semanal o mensual para obtener el salario total diario.
  • Calcula el sumatorio de todas las pagas extra y demás complementos salariales del año anterior en el que surgió la enfermedad o el accidente laboral.
  • Realiza una división de toda la suma de complementos salariales, horas extra del año anterior a la solicitud de la prestación entre los días trabajados de ese año.
  • Multiplica a continuación el resultado obtenido por 273 y si el número de días trabajados es inferior a 273, realiza la multiplicación con el número de días que has trabajado.
  • Suma todos los resultados de los cálculos anteriores y divídelos entre 12.

Por accidente no laboral en situación de alta

En aquellos casos donde se solicita la prestación por invalidez permanente a causa de un accidente fuera del entorno de trabajo y estando dado de alta en la seguridad social, se debe proceder al cálculo de la pensión siguiendo los siguientes pasos:

  • Suma todas tus bases de cotización y divídelas entre 28.
  • Las bases de cotización deben corresponder a los 24 meses ininterrumpidos cotizados dentro de los 7 años anteriores a la fecha en la que solicitas la prestación.
  • En cuyo caso de que no hayas cotizado 24 meses ininterrumpidamente, tienes dos opciones, pudiendo escoger la más beneficiosa en tu caso:
    • Haz el cálculo de esos 24 meses aunque no se haya cotizado durante ese periodo de tiempo.
    • Divide la suma de todas las bases de cotización mínimas vigentes entre 28 del periodo de 24 meses que hayas escogido.

Por accidente no laboral sin estar dado de alta

En caso de que solicites la incapacidad por un accidente no laboral y sin estar dado de alta en el INSS, deberás realizar el cálculo siguiendo estos criterios.

  • Suma todas las bases de cotización de los últimos 96 meses anteriores a la fecha de la solicitud y divide el resultado entre 112.
  • Aquellas bases de los primeros 72 meses se deben actualizar conforme a los datos del IPC y a las 24 mensualidades restantes se les respetará su valor nominal, es decir, no se actualizarán.

Aplicación del porcentaje de Invalidez Absoluta

Cuando tengas el resultado del cálculo de la base reguladora en tu caso, deberás aplicar el porcentaje que dicta el grado de incapacidad absoluta, cuyo mínimo es el 50% y se pueden dar 3 casos diferentes que variarán el porcentaje y por tanto la cuantía a percibir en la pensión según cada caso.

A continuación te lo explicamos en los siguientes subapartados.

Cumpliendo los requisitos de cotización

Siempre y cuando cumplas con los criterios requeridos por el grado de incapacidad absoluta en lo referente a la cotización, percibirás el 100% de la base reguladora en tu pensión.

En caso de contingencia profesional

Cuando la causa de la solicitud de la prestación se debe a una enfermedad profesional u accidente laboral, además del 100% de la BR se podría agregar entre un 30 y un 50% más a la pensión por recargo de prestaciones y este plus correrá a cuenta de la empresa en la que estás contratado.

Personas con 65 años o más sin derecho a pensión de jubilación ordinaria

El porcentaje aplicable en caso de que tengas 65 años o más dependerá del período mínimo de años cotizados para la pensión de jubilación, cuyo mínimo porcentaje es el 50%.

Cómo calcular la pensión de Gran Invalidez

Antes de calcular la cuantía por el complemento de Gran Invalidez ¿Sabes qué es? Pues sí, es un añadido que pueden percibir aquellas personas que ya gozan de la prestación por incapacidad permanente absoluta y para calcularlo debes basarte en los siguientes criterios:

  • Primero de todo, deberás sumar el 45% de la base mínima de cotización que estuviese estipulada en la fecha en la que solicitaste la prestación, además del 30% de tu última base de cotización.

NOTA: El resultado de la cuantía no puede ser menor al 45% de la pensión por incapacidad permanente absoluta que ya estás cobrando.

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