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¿Cuáles son las ayudas compatibles con la Incapacidad permanente?

¿Qué ayudas son compatibles con la Incapacidad Permanente

Hay personas que lamentablemente han empezado a sufrir de una incapacidad permanente. Por esa razón cobran alguna clase de pensión. Existe la posibilidad de que pienses que puedes hacer una solicitud de otra ayuda de este tipo.

Esto sí es posible, pero también debes saber que existen ciertas pensiones las cuales no vas a poder cobrar sin importar que cumpla con los requerimientos para las dos. Pero tampoco quiere decir que esto sea imposible porque también hay 7 pensiones a las que puedes acudir si sufre de alguna incapacidad permanente.

  1. Subsidios por escasez de cotizaciones: este beneficio lo ofrece el SEPE, consiste en facilitarte 463 € mensuales. Se les ofrece a quienes tienen menos de 1 año en cotizaciones.
  2. Subsidio familiar para desempleados: dicha pensión también proviene del SEPE, con el puedes obtener 451 €. Se les ofrece principalmente a los que han quedado desempleadas y que tienen una responsabilidad familiar.
  3. Subsidios a mayores de los 45 años: mediante este subsidio se le brindan 463 € cada mes. De esta manera, se le puede brindar un poco de alivio económico a quien ya no tiene un empleo y que no tenga ninguna carga familiar.
  4. Subsidios a mayores de los 52 años: cuando alguien llega a los 52 años, puede recibir este subsidio. Son 463 € mensuales, los cuales va a recibir hasta que encuentre un nuevo empleo o le llegue el tiempo de la jubilación.
  5. Pensión por Orfandad: esta la mencionamos hace un momento. Vas a poder cobrarla junto a la pensión de incapacidad permanente, pero debes cumplir con varios requisitos que son muy puntuales.
  6. Pensión por Viudedad: esta pensión es la más compatible con la incapacidad permanente. El dinero que recibas va a depender de la cantidad de cotizaciones que tuviera el cónyuge fallecido en su pensión.
  7. Jubilación: tal como te mencionamos hace un rato, estas dos pensiones no las puedes cobrar al mismo tiempo porque la suministra la misma entidad y, por ende, deben retirar una de estas dos ayudas.

¿Es compatible la incapacidad permanente con pensiones contributivas?

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Las reglas que ha establecido el gobierno dicen que no existe la posibilidad de que alguna persona reciba 2 pensiones de forma simultánea cuando ambas proviene dela misma entidad rectora. Claramente también depende de la situación por la que esté pasando la persona. En la mayoría de los casos, se debe escoger entre una de las dos pensiones que les ofrecen.

Hay excepciones en cuanto a este aspecto, hay pocas retribuciones que sí se pueden cobrar al mismo tiempo. Para ello, ambas deben pertenecer a dos entes de seguridad social distintos. Te vamos a contar que pensiones se pueden cobrar junto con la de incapacidad permanente y cuales no son compatibles.

Pensión de Incapacidad permanente y jubilación

Entre las pensiones una de las más conocidas es la jubilación. Si tienes una incapacidad permanente, tendrás que escoger una de las dos ayudas. Así que, para ello, debes sacar la cuenta de cuál de estas dos pensiones es más rentable para ti y te servirá más.

Hay una cuestión a tener clara, se trata de las personas que son pensionadas por una incapacidad. La mayoría de las veces los que cobran este tipo de ayuda no tienen las cotizaciones suficientes para cobrar la jubilación. Además, quienes tienen una incapacidad permanente no cotizan en el IRFT, mientras que los jubilados sí.

La mayoría de las personas que tienen que elegir entre las dos ayudas sociales terminan escogiendo la de incapacidad permanente. Eso es así por que quienes cobran la jubilación deben pagar un tributo al IRFT. En cambio, las pensiones por incapacidades están libres de estos importes.

Incapacidad permanente con pensión de Orfandad

Esta es una de las pocas pensiones que si es compatibles con la incapacidad permanente. Para eso debes cumplir con varios requerimientos. Uno de los requisitos principales es que debes tener menos de 21 para cobrarla. Pero esta exigencia es ignorada cuando esa persona ya tiene una incapacidad permanente.

Además, está determinado que, si una persona huérfana es declarada con una incapacidad permanente antes de tener 18 años, podrá recibir otra ayuda. No obstante, solo podrá recibirla después de cumplir la mayoría de edad. En otras palabras, después de los 18 recibirá pensión de orfandad y de incapacidad.

En cambio, si la pensión por orfandad comenzó a ser recibida después de cumplir los 18 años de edad, la persona no podrá recibir la ayuda por incapacidad.

Incapacidad permanente con pensión de viudedad

Con este junte de pensiones sí que no existe ningún problema de compatibilidad. No hay problema alguno con que tengas una incapacidad permanente y al mismo tiempo te beneficies de la pensión por viudedad. Si el cónyuge que murió tenía una pensión por incapacidad permanente o de jubilación, se calculara la pensión de viudedad en base a la jubilación del difunto.

Compatibilidad con otras pensiones

Aparte de las retribuciones que te mencionamos, también hay otras que son concurrentes con la incapacidad permanente y que puedes tramitar para recibirla y así tener un poco más de dinero en tus ingresos mensuales. Te mencionaremos tres ayudas sociales y te diremos si las puedes cobrar en caso de tener la incapacidad permanente concedida.

Pensiones no contributivas

Algunas de las pensiones no contributivas son los ingresos mínimos vitales, de invalidez o jubilación. Este tipo de pensiones están hechas para quienes no tienen una cotización con la cual obtendrían alguna pensión contributiva. El problema es que esta pensión no coincide con las de incapacidades permanentes.

Es muy difícil conseguir una retribución no contributiva debido a los límites de ingreso. Esto es así porque no vas a poder sobrepasar cierta cantidad de capital entre los ingresos mensuales. De esa manera, se protege el sistema para que otras personas puedan obtener este tipo de pensiones.

SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez)

Hablando del SOVI, no se va a poder mezclar con otras pensiones. Debes saber que las pensiones provenientes del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez se encarga de darles retribuciones a quienes no pueden obtener ningún beneficio de la Seguridad Social.

Así que debes tener muy claro que las pensiones por incapacidad permanente y las que ofrece la SOVI no son para nada compatibles.

Pensiones a favor de familiares

Otra de las asignaciones que no vas a poder cobrar si ya cuentas con un ingreso por incapacidad son las pensiones a favor de familiares. Esta se centra en brindar ayuda a una persona que era económicamente dependiente de un familiar fallecido con el que convivía directamente.

En caso de que la persona que se quiera beneficiar de este ingreso tenga alguna otra pensión, no se podrá beneficiar de las pensiones a favor de familiares.

Pensión de incapacidad permanente y subsidios

Ahora, te vamos a estar mencionando si la pensión por incapacidad permanente compagina con alguna clase de subsidio. Estos son beneficios que se les dan a las personas que ya no son empleadas. Esas prestaciones no son contributivas, las pueden obtener los que tiene alguna responsabilidad familiar y que cuenta con las prestaciones contributivas.

Incapacidad permanente y Paro o Desempleo

Cuando se trata personas que ya no tienen un empleo o están de paro y también tienen una pensión de incapacidad, no van a poder disponer de estas dos ayudas de forma simultánea. La única manera es que tengas otro trabajo y que allí generes otro derecho de paro a tu favor.

Incapacidad permanente y subsidio para mayores de 52 años

Hay un tipo de subsidio que reciben las personas que son mayores de 52. Si ya tienes esta edad y cobras una pensión por incapacidad permanente debes saber que cobrar estas dos pensiones juntas es casi imposible. Esto se obvia solo si se cumplen con ciertas condiciones y son las siguientes:

  1. Tener la titularidad de incapacidad total.
  2. Obtener un trabajo el cual no choque con el padecimiento de la persona.
  3. Poseer derechos para hacer paro si se acaba el contrato.
  4. Terminar el subsidio de desempleo.
  5. Cumplir todos los requerimientos del subsidio para mayores de 52.
  6. Como mínimo, la persona debe contar con 15 años de cotización, pero estos deben empezar después que se declarara la incapacidad total.

Este último requisito hace que dicho subsidio lo obtengan muy pocas personas en conjunto de la pensión por incapacidad permanente.

Incapacidad y RAI (Renta Activa de Inserción)

La mezcla de estas dos pensiones no es permitida en lo más mínimo al igual que pasa con la SOVI y las pensiones por favor de familiares. Estas prestaciones pequeñas son dadas a personas que económicamente son vulnerables. Por esa razón, se le entrega a los que no pueden gozar de alguna pensión de mayor cantidad.

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